Minuta autorizada por Abogado y suscrita por los intervinientes.
Documento de Identidad, Carné de Extranjería, o Pasaporte con Visa de Negocios o permiso para contratar de los Intervinientes.
Por parte del Donante (Propietario):
Certificado Registral Inmobiliario (CRI) actualizado del inmueble materia de transferencia, expedido por SUNARP.
Declaración Jurada de Autovalúo (HR y el PU), así como los Recibos de Pago de los cuatro trimestres del impuesto predial del año en que se efectúa la transferencia.
Por parte del Donatario (Beneficiario):
Pago de Impuesto de Alcabala o constancia de inafectación, de ser el caso, emitido por el SAT o Municipalidad correspondiente.
Nota
Una vez que se cuente con la documentación antes indicada, el asesor la revisara y de ser el caso podrá solicitar documentación adicional